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Obligaciones RNIE
De conformidad con la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento, deben inscribirse ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE):
Sección Primera. - Quienes realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, siempre que se trate de:
- Personas físicas o morales extranjeras.
- Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
Además de inscribirse, debe presentar los siguientes trámites:
- Aviso de Actualización Trimestral, cuando se realicen modificaciones al: nombre, denominación o razón social; actividad económica; domicilio fiscal; y, reporte de ingresos y egresos. En caso de la última modificación (reporte de ingresos y egresos), sólo se presenta si rebasa el umbral establecido por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE)
- Informe Económico Anual. Sólo se presenta si rebasa el umbral establecido por la CNIE
- Cancelación
Sección Segunda. - Sociedades mexicanas en las que participen, incluso a través de fideicomiso:
- Personas físicas o morales extranjeras y sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero.
- Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
- La inversión neutra.
Además de inscribirse, debe presentar los siguientes trámites:
- Aviso de Actualización Trimestral, cuando se realicen modificaciones al: nombre; denominación o razón social; actividad económica; domicilio fiscal; capital y/o estructura accionaria; y, reporte de ingresos y egresos. En caso de estas dos últimas modificaciones (capital y/o estructura accionaria; y, reporte de ingresos y egresos), sólo se presenta si rebasa el umbral establecido por la CNIE
- Informe Económico Anual. Sólo se presenta si rebasa el umbral establecido por la CNIE
- Cancelación
Sección Tercera. - Fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de:
- La inversión extranjera.
- Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
Además de inscribirse, debe presentar los siguientes trámites:
- Aviso de modificación a la información previamente presentada, cuando se realicen modificaciones en: fiduciaria; materia del fideicomiso; y fideicomisario en primer grado. En este último caso, sólo se presenta si rebasa el umbral establecido por la CNIE.
- Cancelación
Los Fedatarios Públicos (Notarios y Corredores) deben informar al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras cuando los sujetos de inscripción no les acrediten su inscripción en el citado Registro.“De conformidad con el artículo 34 de la Ley de Inversión Extranjera”.
Para conocer los detalles de cada trámite, se sugiere leer los formatos para trámite respectivos, mismos que se presentan en el apartado “Formatos” de la página principal.